Pareja de Hecho
Pareja de Hecho

Dos personas que conviven de forma análoga a la convivencia marital serán consideradas pareja estable o pareja de hecho en cualquier de los siguientes casos:

Si la convivencia dura más de dos años ininterrumpidos.

Si durante la convivencia, tienen un hijo común.

Si formalizan la relación en escritura pública.

Por tanto, una manera de constituirse como pareja de hecho es mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura.

¿Qué documentos debemos aportar a la notaría? 

Consulte con su notario el caso concreto, para que éste le indique qué documentación es recomendable incorporar en su caso a la escritura.

Por regla general bastará con el documento de identificacion, pero puede haber casos en los que sea necesario incorporar más documentos.

En previsión del cese de la convivencia, los convivientes pueden pactar en escritura pública los efectos de la extinción de la pareja estable ya que ésta se hará también mediante escritura pública.

    Contáctenos